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¿Qué tener en cuenta al calcular el aguinaldo?

Software de Recursos Humanos - aguinaldo
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Ya se acerca el momento de abonar la primera mitad del sueldo anual complementario, llamado comúnmente aguinaldo. En esta nota repasamos los conceptos básicos y las preguntas más frecuentes que surgen cada seis meses, como fechas, qué sucede en caso de que el empleado lleve menos de un semestre en la empresa y más. ¡Empecemos!

¿Qué es el sueldo anual complementario (SAC)?

La ley de contrato de trabajo en su artículo 121 define al sueldo anual complementario como la doceava parte del total de las remuneraciones que percibe el trabajador en el respectivo año calendario. 

El SAC es la doceava parte del total de las remuneraciones que percibe el trabajador en el año

El artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) determina que se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo. Definiendo que dicha remuneración no podrá ser inferior al salario mínimo vital. 

¿Cuándo debe abonarse el aguinaldo?

De acuerdo al artículo 122 de la LCT, el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.

¿Se puede pagar el aguinaldo en más de dos cuotas?

La Ley 24467 de pequeñas y medianas empresas en su artículo 91 determina que los convenios colectivos de trabajo referidos a la pequeña empresa (hasta 40 trabajadores) podrán disponer el fraccionamiento de los períodos de pago del sueldo anual complementario siempre que no excedan de tres períodos en el año. 

¿En qué casos los pagos del aguinaldo se disponen en fechas diferentes a las previstas en el artículo 122 de la LCT?

Las fechas de pago del aguinaldo pueden variar cuando nos encontramos frente a una modalidad de trabajo eventual o de temporada. 

Trabajadores eventuales

Los trabajadores eventuales finalizan su contrato cuando finaliza la eventualidad por la que fueron contratados. Se trata de contratos de trabajo por un plazo determinado. Por ello es que el aguinaldo se abona a la finalización del contrato, aunque este dure solamente un mes, lo que concuerda con la norma del artículo 123 de la LCT.

Ejemplo: Imaginemos que un trabajador fue contratado para cubrir una eventualidad que duró 2 meses durante el primer semestre de 2020 cuya mejor remuneración fue $69.000 y debemos calcular su Salario Anual Complementario (SAC) para incorporarlo a su liquidación final.

El cálculo del SAC sería de la siguiente manera: $69.000 / 12 = $5.750 x 2 meses (periodo efectivamente trabajado) = $11.500 

Trabajadores de temporada

El trabajador de cuando sus servicios son requeridos solamente para cubrir necesidades que ocurren o se incrementan en determinadas épocas del año, en razón de la naturaleza de la actividad. Ejemplo: los guardavidas en las playas. En estos casos, el sueldo anual complementario debe liquidarse al finalizar el ciclo respectivo.

Ejemplo: Una guardavidas que presta sus servicios entre noviembre y febrero de cada año y dispone de un salario de $69.000.

Al finalizar cada ciclo laboral se le debe abonar su sueldo anual complementario y el mismo se debe calcular de la siguiente manera: $69.000 / 12 = $5.750 x 4 meses (periodo de temporada efectivamente trabajado) = $23.000

¿Qué sueldo debo tomar para hacer el cálculo?

El importe para abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres. 

El SAC se debe calcular sobre la mayor remuneración mensual devengada incluyendo horas extras y remuneraciones variables

¿Cuáles son los conceptos que forman parte de la base de cálculo del aguinaldo?

Solamente deben tomarse en consideración los conceptos de naturaleza remuneratoria, tanto en dinero como en especie, que integran el salario del trabajador y que se devengan en forma mensual. En función de ello, no deben considerarse aquellos conceptos que no sean de esta naturaleza.

¿Deben considerarse las remuneraciones variables y horas extras para el cálculo del sueldo anual complementario?

Cuando se trata de horas extraordinarias, corresponde adicionar el importe de las mismas a los sueldos o jornales ya que la ley se refiere a “la mayor remuneración mensual devengada”, no pudiendo tomar un promedio sobre las mismas. De igual modo con los trabajadores que perciben remuneraciones variables corresponderá tomar la mayor devengada y no un promedio de las variables.

¿Cómo debo calcular el aguinaldo cuando el trabajador no prestó servicios un semestre completo?

Cuando el trabajador no haya prestado servicios durante el semestre completo, el cálculo del SAC será proporcional al tiempo trabajado en el mismo, tal cual lo determina el artículo 123 de la LCT, antes mencionado, y en el artículo 2 del decreto reglamentario 1078/1984. Para estimar el cálculo del aguinaldo se puede tomar el mejor sueldo dividido por 12 (meses) y multiplicarlo por la cantidad de meses efectivamente trabajados.

Ejemplo: Imaginemos que debemos calcular el SAC del primer semestre del año 2021 para un trabajador cuya fecha de ingreso fue el 1 de abril de 2021 y su mejor remuneración fue de 68.000 pesos. 

El cálculo del SAC sería de la siguiente manera: $69.000 / 12 = $5.750 x 3 meses (periodo efectivamente trabajado) = $17.250

¿Qué periodos deben considerarse como tiempo de prestación de servicios para el cálculo del aguinaldo y cuáles no?

Durante el vínculo dependiente existen periodos de tiempo que pueden o no ser considerados como tiempo de servicio para el cálculo del sueldo anual complementario.

Los periodos que seguidamente detallamos deben tenerse en cuenta para el cálculo del aguinaldo:

  • Licencias por enfermedad inculpable
  • Licencias especiales establecidas por la LCT
  • Licencias remuneradas establecidas por los convenios colectivos y estatutos especiales
  • Descanso anual o vacaciones
  • Feriados no trabajados

Por el contrario, los siguientes períodos están excluidos del cómputo como tiempo de trabajo remunerado:

  • Licencia por maternidad
  • Período de excedencia
  • Período de reserva del puesto de trabajo por enfermedad inculpable
  • Período de reserva del puesto de trabajo para quienes ocupen cargos gremiales electivos
  • Licencias sin goce de sueldo
  • Días correspondientes a suspensiones por sanciones disciplinarias
  • Días correspondientes a suspensiones por fuerza mayor
  • Licencia por incapacidad laboral temporaria, parcial provisoria y total provisoria

¿Cómo corresponde calcular el aguinaldo cuando se extingue la relación laboral?

De acuerdo a las disposiciones del artículo 123 de la Ley de Contrato de Trabajo, cuando opera la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, el trabajador o su derecho-habientes, tienen derecho a percibir la parte del sueldo anual complementario que se establecerá como la doceava parte de las remuneraciones devengadas en la fracción del semestre trabajado, hasta el momento de dejar el servicio. El pago debe efectuarse conjuntamente con el pago de la liquidación final que le corresponde al trabajador.

Ejemplo: Imaginemos que debemos calcular el SAC del segundo semestre del año 2020 para un trabajador cuyo vínculo laboral finalizó por renuncia, el 31 de octubre de 2020 y su mejor remuneración fue de 69.000 pesos. 

El cálculo del SAC sería de la siguiente manera: $69.000 / 12 = $5.750 x 4 meses (periodo efectivamente trabajado) = $23.000.

Esperamos que hayas podido despejar todas tus dudas en esta nota. Una de las tareas que ocupan una gran cantidad de tiempo es la firma de recibos, tanto de los salarios, como del aguinaldo. Si todavía estás realizando esta tarea a mano o la has dejado de efectuar por la distancia u otras razones, tenemos una excelente noticia para darte. 

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