La Ley de Bases ha sido una de las normativas laborales más discutidas en los últimos tiempos en Argentina. Después de intensas deliberaciones, se alcanzó un consenso para su aprobación con grandes modificaciones. En este artículo te sintetizamos los cambios, para que puedas entender de forma rápida y simple cómo impactan las nuevas medidas al trabajo dentro de las pequeñas y medianas empresas (pymes).
La ley aborda temas cruciales como la formalización del empleo no registrado, la mejora de las condiciones laborales y la implementación de mecanismos más flexibles para la gestión de contratos y despidos. Además, estas reformas incluyen incentivos fiscales y la eliminación de multas y sanciones, lo que puede significar un alivio para las pequeñas y medianas empresas (pymes), facilitando su crecimiento y estabilidad.
A continuación, se detallan las principales novedades introducidas por esta ley, destacando su impacto y los beneficios esperados para el sector laboral.
Promoción del Empleo Registrado
Los empleadores del sector privado pueden regularizar las relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas dentro de los 90 días de dictada la reglamentación. Dentro de ese plazo deberán poner “en blanco” al personal que no se encuentre registrado (o como se le dice corrientemente, “en negro”), como así también, aquellos que están registrados por media jornada y trabajan jornada completa o quienes perciben parte de sus haberes por fuera de su liquidación.
- Esta regularización incluye la extinción de la acción penal en trámite, la condonación de infracciones, multas y sanciones, que se encuentren impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de la ley.
- La baja del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), siempre y cuando regularicen a los trabajadores que figuran en dicho registro y abone la multa, si la hubiere.
- La condonación de deudas de aportes y contribuciones en al menos un 70%.
- La ley también permite establecer incentivos para el cumplimiento de las obligaciones de contado y beneficios para las MiPyMES.
- Por su parte, los trabajadores que sean regularizados, tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes, a un valor mensual equivalente al salario mínimo, vital y móvil, a fin de cumplir los años requeridos para la obtención de la Prestación Básica Universal y la Prestación de Desempleo.
Esto representa una gran oportunidad para la formalización del empleo, reduciendo costos y riesgos legales, mejorando la seguridad y satisfacción de los trabajadores. Al regularizar a los empleados, las pymes pueden acceder a incentivos fiscales y evitar sanciones futuras, creando un entorno laboral más justo y estable.
Derogación de Multas por Registro Irregular del Contrato de Trabajo
Se derogan las disposiciones de la Ley Nacional de Empleo 24.013 y la Ley 25.323 que imponían multas por registro irregular. Estas multas, en ciertos casos de reclamos laborales, podrían multiplicar por cinco los costos indemnizatorios de un empleado, estableciendo un piso extremadamente elevado para las negociaciones laborales.
Eliminación de Multas por Falta de Entrega de Certificados de Trabajo y de Ingreso de Aportes
Se eliminan las multas por la falta de entrega de certificados de servicios y remuneraciones, así como por la omisión del ingreso de los aportes retenidos al trabajador. En el caso de las multa del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, dicha disposición incrementaba significativamente los costos laborales e indemnizatorios.
Básicamente, la multa se configuraba cuando el empleado acreditaba que, transcurridos 30 días de resuelto el vínculo laboral, la empresa no entregaba los certificados dentro de las 48 horas de ser intimado. Este plazo era mínimo y en la mayoría de los casos insuficiente, dado que para emitir los certificados se requerían tareas administrativas particulares que a menudo tomaban más tiempo. Además, si la empresa ponía a disposición los certificados y el empleado no los retiraba, esa sola circunstancia daba derecho al reclamo de la multa, lo cual nuevamente situaba a las partes frente a una base alta de negociación.
Registro del Contrato de Trabajo
Se establece un nuevo mecanismo de registro de la relación laboral, que será simple y electrónico.
Contratistas e Intermediarios
Se reconoce la validez del registro efectuado por el empleador original en los vínculos con contratistas y proveedores de personal. De esta manera, los trabajadores contratados por terceros serán considerados empleados directos de quienes registren el vínculo, eliminando el riesgo de reclamos por registro irregular.
Antes de la reforma, en estos casos, los empleados eran considerados empleados de las empresas beneficiarias de los servicios, independientemente de quién los hubiera contratado, lo que generaba un escenario de alta inseguridad jurídica.
Denuncia de falta o deficiencia de Registro
Los trabajadores pueden denunciar la falta o deficiencia de registro ante la AFIP mediante un medio electrónico. La AFIP determinará la deuda pertinente en materia de aportes y contribuciones de la seguridad social.
Ámbito de Aplicación de la LCT y Código Civil y Comercial
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo los contratos de obra, servicios y agencia, regulados por el Código Civil y Comercial.
Presunción de Contrato de Trabajo en la Ley Bases
La reciente modificación del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), introducida por el artículo 89 de la Ley de Bases, no deja dudas: se excluye la presunción de vínculo laboral en contrataciones de obra, servicios profesionales u oficios, siempre que se emitan los recibos o facturas correspondientes y el pago se realice a través de bancos. Esta reforma expulsa del ámbito de dependencia laboral a aquellos trabajadores independientes que, a cambio de sus servicios, emiten comprobantes fiscales en lugar de recibos de haberes establecidos por el artículo 140 de la LCT.
Licencia por Embarazo
La prohibición de trabajar durante los 45 días anteriores y posteriores al parto se mantiene, pero la mujer embarazada puede reducir a diez días la licencia preparto y acumular el resto al período posparto.
Período de Prueba en Ley Bases
El período de prueba será de seis meses, ampliable a 8 meses en empresas de seis a cien trabajadores, y a 12 meses en empresas con hasta cinco trabajadores.
Este tiempo específico permite a la empresa evaluar el rendimiento del empleado antes de contratarlo por tiempo indeterminado y al trabajador asegurarse de que las condiciones laborales y el ambiente de trabajo cumplen sus expectativas. Durante este periodo, cualquiera de las partes puede finalizar la relación laboral sin necesidad de justificación.
Fondo de Cese Laboral y despidos en Ley Bases
El Fondo de Cese Laboral introduce un mecanismo moderno y flexible para manejar las indemnizaciones por despido, adaptándose a las necesidades de las empresas y protegiendo a los trabajadores.
Este fondo se constituye a través de convenios colectivos, permitiendo a los empleadores optar por servicios privados de aseguramiento o auto-asegurarse. El monto del aporte mensual, que no podrá superar el 8% del salario, corre únicamente por cuenta del empleador.
Este sistema es una réplica del previsto para la construcción, y pensar que es aplicable a cualquier actividad es un error. Implementado en la actividad correcta, proporciona una alternativa más flexible y económica a las indemnizaciones tradicionales, facilitando la planificación financiera y la estabilidad empresarial. Este fondo permite a las pymes gestionar mejor sus recursos y afrontar despidos de manera más eficiente, asegurando la continuidad operativa sin comprometer la seguridad laboral.
Esta incorporación debe analizarse para cada caso concreto. Generalmente, es aplicable a actividades con alta rotación de trabajadores o en sectores donde las tareas están atadas a una obra particular, como en la construcción.
Justa Causa de Despido
La ley modifica el artículo 242 de la LCT, incluyendo como causas de despido la “participación en bloqueos y/o tomas de establecimiento”.
El beneficio para la empresa radica en que, al tipificar estas acciones como justas causas de despido, se otorga a los empleadores una herramienta legal más clara y directa para manejar situaciones de conflicto laboral. Esto permite mantener la operación y la productividad, reduciendo la posibilidad de enfrentarse a demandas laborales costosas y prolongadas.
Despido discriminatorio en Ley Bases
Los jueces podrán incrementar la indemnización por antigüedad entre el 50% y el 100% en casos de despido discriminatorio, pero no se permitirá la reinstalación del trabajador. Este aplica a despidos que se consideren motivados por etnia, sexo, nacionalidad, raza, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología u opinión política.
Si bien se agravan las indemnizaciones, se elimina la reinstalación, disminuyendo la litigiosidad y la interpretación de normas ajenas al ámbito laboral.
Trabajador Independiente con Colaboradores
La Ley Bases introduce una nueva categoría de trabajadores independientes. Según esta reforma, un trabajador autónomo podrá emplear hasta 3 colaboradores independientes para desarrollar un emprendimiento productivo, acogidos a un régimen especial que será reglamentado por el Poder Ejecutivo Nacional.
De esta forma, no existirá relación de dependencia entre la persona contratante y sus colaboradores, a menos que en la realidad del vínculo se evidencien notas de subordinación propias de una relación de dependencia. A pesar de estar fuera del régimen de empleo privado, los trabajadores independientes tendrán acceso, según defina la reglamentación, al régimen de Seguridad Social, Obras Sociales y Riesgos del Trabajo.
Esto permite adaptar rápidamente la fuerza laboral a las necesidades del mercado, reducir costos con menores cargas sociales y beneficios obligatorios, y acceder a talento especializado para proyectos específicos. También ofrece mayor seguridad jurídica al definir claramente las condiciones de trabajo y disminuir riesgos legales, mientras que promueve la innovación y la creación de nuevos emprendimientos productivos.
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