{"id":1419,"date":"2021-05-05T16:55:35","date_gmt":"2021-05-05T19:55:35","guid":{"rendered":"https:\/\/naaloo.com\/wordpress\/20210505165535-que-tener-en-cuenta-al-calcular-el-aguinaldo\/"},"modified":"2026-04-07T17:37:30","modified_gmt":"2026-04-07T20:37:30","slug":"20210505165535-que-tener-en-cuenta-al-calcular-el-aguinaldo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/naaloo.com\/pt\/20210505165535-que-tener-en-cuenta-al-calcular-el-aguinaldo\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 tener en cuenta al calcular el aguinaldo?"},"content":{"rendered":"<p>Ya se acerca el momento de abonar la primera mitad del sueldo anual complementario, llamado com\u00fanmente aguinaldo. En esta nota repasamos los conceptos b\u00e1sicos y las preguntas m\u00e1s frecuentes que surgen cada seis meses, como fechas, qu\u00e9 sucede en caso de que el empleado lleve menos de un semestre en la empresa y m\u00e1s. \u00a1Empecemos!<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 es el sueldo anual complementario (SAC)?<\/h2>\n<p>La ley de contrato de trabajo en su art\u00edculo 121 define al sueldo anual complementario como la doceava parte del total de las remuneraciones que percibe el trabajador en el respectivo a\u00f1o calendario.\u00a0<\/p>\n<blockquote><p>El SAC es la doceava parte del total de las remuneraciones que percibe el trabajador en el a\u00f1o<\/p><\/blockquote>\n<p>El art\u00edculo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) determina que se entiende por remuneraci\u00f3n la contraprestaci\u00f3n que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo. Definiendo que dicha remuneraci\u00f3n no podr\u00e1 ser inferior al salario m\u00ednimo vital.\u00a0<\/p>\n<h2>\u00bfCu\u00e1ndo debe abonarse el aguinaldo?<\/h2>\n<p>De acuerdo al art\u00edculo 122 de la LCT, el sueldo anual complementario ser\u00e1 abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<h2>\u00bfSe puede pagar el aguinaldo en m\u00e1s de dos cuotas?<\/h2>\n<p>La Ley 24467 de peque\u00f1as y medianas empresas en su art\u00edculo 91 determina que los convenios colectivos de trabajo referidos a la peque\u00f1a empresa (hasta 40 trabajadores) podr\u00e1n disponer el fraccionamiento de los per\u00edodos de pago del sueldo anual complementario siempre que no excedan de tres per\u00edodos en el a\u00f1o.\u00a0<\/p>\n<h2>\u00bfEn qu\u00e9 casos los pagos del aguinaldo se disponen en fechas diferentes a las previstas en el art\u00edculo 122 de la LCT?<\/h2>\n<p>Las fechas de pago del aguinaldo pueden variar cuando nos encontramos frente a una modalidad de trabajo eventual o de temporada.\u00a0<\/p>\n<h3>Trabajadores eventuales<\/h3>\n<p>Los trabajadores eventuales finalizan su contrato cuando finaliza la eventualidad por la que fueron contratados. Se trata de contratos de trabajo por un plazo determinado. Por ello es que el aguinaldo se abona a la finalizaci\u00f3n del contrato, aunque este dure solamente un mes, lo que concuerda con la norma del art\u00edculo 123 de la LCT.<\/p>\n<p>Ejemplo: Imaginemos que un trabajador fue contratado para cubrir una eventualidad que dur\u00f3 2 meses durante el primer semestre de 2020 cuya mejor remuneraci\u00f3n fue $69.000 y debemos calcular su Salario Anual Complementario (SAC) para incorporarlo a su liquidaci\u00f3n final.<\/p>\n<p>El c\u00e1lculo del SAC ser\u00eda de la siguiente manera: $69.000 \/ 12 = $5.750 x 2 meses (periodo efectivamente trabajado) = $11.500\u00a0<\/p>\n<h3>Trabajadores de temporada<\/h3>\n<p>El trabajador de cuando sus servicios son requeridos solamente para cubrir necesidades que ocurren o se incrementan en determinadas \u00e9pocas del a\u00f1o, en raz\u00f3n de la naturaleza de la actividad. Ejemplo: los guardavidas en las playas. En estos casos, el sueldo anual complementario debe liquidarse al finalizar el ciclo respectivo.<\/p>\n<p>Ejemplo: Una guardavidas que presta sus servicios entre noviembre y febrero de cada a\u00f1o y dispone de un salario de $69.000.<\/p>\n<p>Al finalizar cada ciclo laboral se le debe abonar su sueldo anual complementario y el mismo se debe calcular de la siguiente manera: $69.000 \/ 12 = $5.750 x 4 meses (periodo de temporada efectivamente trabajado) = $23.000<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 sueldo debo tomar para hacer el c\u00e1lculo?<\/h2>\n<p>El importe para abonar en cada semestre ser\u00e1 liquidado sobre el c\u00e1lculo del 50% de la mayor remuneraci\u00f3n mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres.\u00a0<\/p>\n<blockquote><p>El SAC se debe calcular sobre la mayor remuneraci\u00f3n mensual devengada incluyendo horas extras y remuneraciones variables<\/p><\/blockquote>\n<h2>\u00bfCu\u00e1les son los conceptos que forman parte de la base de c\u00e1lculo del aguinaldo?<\/h2>\n<p>Solamente deben tomarse en consideraci\u00f3n los conceptos de naturaleza remuneratoria, tanto en dinero como en especie, que integran el salario del trabajador y que se devengan en forma mensual. En funci\u00f3n de ello, no deben considerarse aquellos conceptos que no sean de esta naturaleza.<\/p>\n<h2>\u00bfDeben considerarse las remuneraciones variables y horas extras para el c\u00e1lculo del sueldo anual complementario?<\/h2>\n<p>Cuando se trata de horas extraordinarias, corresponde adicionar el importe de las mismas a los sueldos o jornales ya que la ley se refiere a &#8220;la mayor remuneraci\u00f3n mensual devengada&#8221;, no pudiendo tomar un promedio sobre las mismas. De igual modo con los trabajadores que perciben remuneraciones variables corresponder\u00e1 tomar la mayor devengada y no un promedio de las variables.<\/p>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo debo calcular el aguinaldo cuando el trabajador no prest\u00f3 servicios un semestre completo?<\/h2>\n<p>Cuando el trabajador no haya prestado servicios durante el semestre completo, el c\u00e1lculo del SAC ser\u00e1 proporcional al tiempo trabajado en el mismo, tal cual lo determina el art\u00edculo 123 de la LCT, antes mencionado, y en el art\u00edculo 2 del decreto reglamentario 1078\/1984. Para estimar el c\u00e1lculo del aguinaldo se puede tomar el mejor sueldo dividido por 12 (meses) y multiplicarlo por la cantidad de meses efectivamente trabajados.<\/p>\n<p>Ejemplo: Imaginemos que debemos calcular el SAC del primer semestre del a\u00f1o 2021 para un trabajador cuya fecha de ingreso fue el 1 de abril de 2021 y su mejor remuneraci\u00f3n fue de 68.000 pesos.\u00a0<\/p>\n<p>El c\u00e1lculo del SAC ser\u00eda de la siguiente manera: $69.000 \/ 12 = $5.750 x 3 meses (periodo efectivamente trabajado) = $17.250<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 periodos deben considerarse como tiempo de prestaci\u00f3n de servicios para el c\u00e1lculo del aguinaldo y cu\u00e1les no?<\/h2>\n<p>Durante el v\u00ednculo dependiente existen periodos de tiempo que pueden o no ser considerados como tiempo de servicio para el c\u00e1lculo del sueldo anual complementario.<\/p>\n<p>Los periodos que seguidamente detallamos deben tenerse en cuenta para el c\u00e1lculo del aguinaldo:<\/p>\n<ul>\n<li>Licencias por enfermedad inculpable<\/li>\n<li>Licencias especiales establecidas por la LCT<\/li>\n<li>Licencias remuneradas establecidas por los convenios colectivos y estatutos especiales<\/li>\n<li>Descanso anual o vacaciones<\/li>\n<li>Feriados no trabajados<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por el contrario, los siguientes per\u00edodos est\u00e1n excluidos del c\u00f3mputo como tiempo de trabajo remunerado:<\/p>\n<ul>\n<li>Licencia por maternidad<\/li>\n<li>Per\u00edodo de excedencia<\/li>\n<li>Per\u00edodo de reserva del puesto de trabajo por enfermedad inculpable<\/li>\n<li>Per\u00edodo de reserva del puesto de trabajo para quienes ocupen cargos gremiales electivos<\/li>\n<li>Licencias sin goce de sueldo<\/li>\n<li>D\u00edas correspondientes a suspensiones por sanciones disciplinarias<\/li>\n<li>D\u00edas correspondientes a suspensiones por fuerza mayor<\/li>\n<li>Licencia por incapacidad laboral temporaria, parcial provisoria y total provisoria<\/li>\n<\/ul>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo corresponde calcular el aguinaldo cuando se extingue la relaci\u00f3n laboral?<\/h2>\n<p>De acuerdo a las disposiciones del art\u00edculo 123 de la Ley de Contrato de Trabajo, cuando opera la extinci\u00f3n del contrato de trabajo por cualquier causa, el trabajador o su derecho-habientes, tienen derecho a percibir la parte del sueldo anual complementario que se establecer\u00e1 como la doceava parte de las remuneraciones devengadas en la fracci\u00f3n del semestre trabajado, hasta el momento de dejar el servicio. El pago debe efectuarse conjuntamente con el pago de la liquidaci\u00f3n final que le corresponde al trabajador.<\/p>\n<p>Ejemplo: Imaginemos que debemos calcular el SAC del segundo semestre del a\u00f1o 2020 para un trabajador cuyo v\u00ednculo laboral finaliz\u00f3 por renuncia, el 31 de octubre de 2020 y su mejor remuneraci\u00f3n fue de 69.000 pesos.\u00a0<\/p>\n<p>El c\u00e1lculo del SAC ser\u00eda de la siguiente manera: $69.000 \/ 12 = $5.750 x 4 meses (periodo efectivamente trabajado) = $23.000.<\/p>\n<p>Esperamos que hayas podido despejar todas tus dudas en esta nota. Una de las tareas que ocupan una gran cantidad de tiempo es la firma de recibos, tanto de los salarios, como del aguinaldo. Si todav\u00eda est\u00e1s realizando esta tarea a mano o la has dejado de efectuar por la distancia u otras razones, tenemos una excelente noticia para darte.\u00a0<\/p>\n<p>Naaloo cuenta con un sistema de firma electr\u00f3nica y organizaci\u00f3n autom\u00e1tica de documentos, desde el cual podr\u00e1s enviar a firmar, recibir y archivar autom\u00e1ticamente todos los recibos de haberes y otros documentos de la empresa en un clic Libera tiempo y recursos y deja que nuestro software se encargue de todo.<\/p>\n<p>\u00bfQuieres probarlo? Cont\u00e1ctate con uno de nuestros especialistas y realiza un tour gratuito para quitarte todas las dudas y obt\u00e9n un periodo de prueba sin cargo.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ya se acerca el momento de abonar la primera mitad del sueldo anual complementario, llamado com\u00fanmente aguinaldo. 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